Durante el mes de mayo el Senado aprobó finalmente la nueva ley de vivienda. Por lo que ya se encuentra en vigor la nueva normativa que viene a regular diferentes aspectos del sector inmobiliario, y la cual centró mucho de su contenido legal en el alquiler de inmuebles.
Luego de que en el Consejo de Ministros aprobara el proyecto en febrero de 2022. Un año más tarde, el 27 de abril del presente año, el Congreso hizo lo mismo, pasando luego al Senado, quienes finalmente el 17 de mayo aprobaron la nueva ley. Y ya podemos encontrarla publicada en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE). Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda. ¿Quiere conocer más sobre la normativa legal? Veamos los puntos más importantes de esta regulación y cómo nos afectará.
Puntos claves sobre la nueva ley de vivienda
Demos un repaso por algunos de los puntos más importantes que esta ley regulara.
1. ¿Quiénes son los grandes tenedores?
La definición de gran tenedor se modificó. En el artículo 3, 2° K, se explica que: “Gran tenedor: a los efectos de lo establecido en esta ley, la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros. Esta definición podrá ser particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado hasta aquellos titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en dicho ámbito, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma en la correspondiente memoria justificativa.”
En pocas palabras, los grandes tenedores será aquellos (persona jurídica o natural) con más de 5 propiedades en zonas tensionadas, o 10 en no tensionadas. También entra en esta clasificación los que tengan más de 1.500 m2.
2. Más zonas tensionadas
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 18 de la presente ley, “Las Administraciones competentes en materia de vivienda podrán declarar, de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos en su normativa reguladora y en el ámbito de sus respectivas competencias, zonas de mercado residencial tensionado a los efectos de orientar las actuaciones públicas en materia de vivienda en aquellos ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población…”
La declaración de una zona como tensionada dependerá de la cada Comunidad Autónoma, y deberá pasar al Ayuntamiento respectivo para su estudio y aprobación. La cual depende de que cumpla ciertos requisitos que son:
- El precio de la vivienda ha aumentado más de tres veces el valor Índice de Precios de Consumo en un periodo de 5 años.
- El precio del alquiler supera el 30% la media de los ingresos de los hogares de la zona.
3. Actualización del precio del alquiler
El IPC dejará de ser parte de la equitación cuando se busca actualizar el precio de los alquileres. Ahora, deberá hacerse de la siguiente forma de acuerdo a lo establecido en la Disposición final sexta “Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda”
2023: durante lo que resta del año, la actualización máxima permitida al precio de un alquiler será de 2%.
- 2024: el año entrando las actualizaciones no podrán superar el 3% del valor del alquiler ya fijado.
- 2025 en adelante: el nuevo índice de referencia que se empleará a partir de este año para la actualización de los cánones de alquiler será inferior al IPC y estable.
Una salvedad para los arrendadores no grandes tenedores, es que el aumento del precio del alquiler puede ser fijado por acuerdo de las partes. Y si este no es el caso, la actualización no debe superar variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.
La nueva ley de vivienda es muy amplia, y toca múltiples temas sobre el alquiler, protección contra desahucios, beneficios fiscales y más. No podemos analizarla toda en un solo post. Pero esto da una idea de la magnitud de los cambios que conlleva su aprobación.