En una transacción de compraventa, suele ser el comprador quien deba asumir gran parte de los impuestos inmobiliarios, pero eso no significa que como vendedor no tenga algunas responsabilidades.
Le contamos más detalles sobre los impuestos y otros gastos que quedan de su parte para que los tome en cuenta al momento de fijar un precio para su propiedad.
Los impuestos inmobiliarios para el vendedor de una casa
Estos tienen que ver con la Plusvalía de Hacienda IRPF, el impuesto municipal y los gastos hipotecarios, si aplican. A continuación, más detalles.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Todo vendedor de un inmueble en España está obligado a tributar el IRPF. En caso de no residir en el país, deberá pagar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Este es un impuesto inmobiliario por la ganancia patrimonial de la venta de una propiedad.
Para el cálculo del tributo se toma en cuenta la diferencia entre el precio de reventa y el valor de compra de la vivienda. Por ende, el valor cambia cada año. La declaración del IRPF se hace en la base imponible del ahorro. Desafortunadamente, la reforma fiscal ha desechado los coeficientes de abatimiento y de inflación, por ello hay un mayor pago de impuestos para los vendedores de propiedades.
Si ocurriese que el valor de venta es menor al precio de compra, no se deberá pagar el impuesto, pues se considera que ha existido una pérdida de valor del patrimonio. También, el vendedor estará eximido del impuesto si la ganancia conseguida de la venta la utiliza para reinvertir en otra residencia, la cual será su vivienda habitual. No así, si se trata de la compra de una segunda vivienda.
Al momento de la declaración es necesario expresar la intención de acogerse a beneficio de reinversión. Asimismo, hay que hacer la declaración de la ganancia patrimonial, ya sea que se reinvierta o no. Mayores de 65 años o personas en dependencia no deben pagar este tributo.
La Plusvalía municipal
Muchos vendedores desconocen este impuesto y se enteran muy tarde que deben formalizar este requisito. Este tributo corresponde al Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana IIVTU, el cual se paga en el ayuntamiento que corresponde al domicilio de la vivienda. En algunos ayuntamientos se permite que sea el comprador quien pague el impuesto, siempre que sea un acuerdo entre las partes.
La Plusvalía municipal se calcula por los años de posesión de la propiedad y el valor catastral y hoy día es uno los tributos que más se ha incrementado. El ayuntamiento exige su cancelación, incluso si la venta de la vivienda reporta pérdidas.
Gastos de hipoteca
Si al querer vender todavía está pagando una hipoteca tiene dos opciones. Una de ellas es cancelar de modo anticipado el crédito para dejar la casa libre de cargas. Su segunda alternativa es subrogar la hipoteca, la cual será asumida por el comprador a cambio de una rebaja en el precio de venta.
En cualquier caso, hay comisiones asociadas que pueden ir por encima del 0,5% del capital de la hipoteca. Otros gastos son las cuotas de comunidad, tasa de basura, derramas, IBI, servicios varios, etc.
Antes de poner su casa en venta, asesórese con nuestros agentes inmobiliarios para evitar algún contratiempo durante el proceso.