La compra de inmueble difiere mucho de las transacciones que habitualmente se hacen en el entorno comercial, no es un proceso de pagar y recibir de forma inmediata. Si esta es su primera compra, seguramente debe tener varias dudas, y una que muchos de nuestros clientes nos comunican es ¿cómo es el proceso de entrega de llaves?
Si quiere conocer un poco más el procedimiento, y no estar a la expectativa de lo que sucederá, le contaremos cómo, cuándo y dónde se lleva a cabo este trámite que pone finiquito al proceso y lo convierte en propietario legal.
¿Dónde y cuándo se realiza la entrega de llaves de la propiedad inmueble?
Antes de hacer entrega de las llaves de la propiedad hay varios pasos que cumplir, como vendedor este es un paso que no debe adelantarse por su seguridad y la de su bien inmueble.
Para concretar la compra de una casa, piso u otro tipo de inmueble se requiere la escritura ante un notario, la cual posteriormente se debe llevar al Registro de la Propiedad para su debida inscripción, trámite que convierte al comprador en propietario. Por lo tanto, solo después de realizar las escrituras del inmueble es que puede llevar a cabo la entrega de las llaves.
Sin embargo, en algunos casos, el comprador puede solicitar algunos días para desocupar el inmueble, si es así, esto debe quedar estipulado en una cláusula clara que deben firmar ambas partes, definiendo una fecha específica la entrega.
¿Cómo es el proceso?
Como comentábamos al inicio, la entrega de llaves conlleva varios procesos previos. Para ello el notario:
- Solicitará el CEE (Certificado de Eficiencia Energética) de la propiedad al vendedor.
- De acuerdo con dónde se ubique la propiedad, también puede solicitar la cédula de habitabilidad. En algunas comunidades autónomas es un requisito necesario para la compraventa.
- Indicará al vendedor el pago de la plusvalía municipal y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) sin importar en qué fecha del año se esté efectuando la venta.
Por su parte, el notario solicitará al comprador:
- Pago de Transmisión Patrimonial Onerosa, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y del IVA.
- Además de acudir al Ayuntamiento con la nota simple de la escritura y hacer el pago del Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos Urbanos o también conocido como plusvalía municipal.
Luego de estos trámites, ambas partes deberán acudir con el notario para la firma del contrato de compra, se efectuará la entrega de llaves y también de la licencia de primera ocupación.
Con esto pasos, el comprador podrá hacer el registro de su propiedad y hacer uso de su inmueble.