La compra de propiedades conlleva no solo el pago del inmueble en sí, existen impuestos y gastos por asumir. En el caso de las obligaciones tributarias, cuando se trata de una casa de obra nueva, como comprador deberá costear el Impuesto al Valor Añadido o IVA.
Le explicaremos cuánto es el porcentaje, a quién deberá pagarlo y los otros gastos asociados a la adquisición de la vivienda.
La casa de obra nueva y el pago del IVA
Tenga en cuenta que la casa de obra nueva es aquella que se da en primera entrega y es la Agencia Tributaria la que se encarga de definirla como tal. Estas viviendas se adquieren del constructor o del promotor inmobiliario. Por ello, a estas viviendas no les aplican impuestos patrimoniales, como si sucede con las casas calificadas de segunda mano.
En general el Impuesto al Valor Agregado para una residencia a estrenar, trasteros y garajes es de un 10% sobre el precio en las escrituras. Aunque, en algunas comunidades puede ser menor. El pago del IVA para las casas nuevas protegidas suele rondar el 4%, pero puede variar dependiendo de la ubicación y el grado de protección.
Deberá pagar el monto del impuesto al vendedor y este, por su parte, deberá hacer la declaración correspondiente ante la Agencia Tributaria.
Si usted ha comprado la casa con una hipoteca hay otro impuesto a pagar. Se trata del impuesto de Actos Jurídicos Documentados IAJD. Este también se calcula sobre la escritura hecha pública con el notario.
El IAJD se paga por la legalización de documentos notariales, administrativos y mercantil. El monto de este impuesto depende de la Comunidad Autónoma. El porcentaje va del 0,5 al 1,5%. En la Comunidad de Andalucía este impuesto es de 1,2%.
Otros gastos
Junto con los impuestos, deberá disponer del dinero para algunos otros pagos adicionales. Dichos gastos son los de la notaría, el registro y la gestoría. Esto podría sumarle un 2% más al pago del inmueble. Detallamos los porcentajes:
- Gastos notariales: al notario deberá pagar los aranceles correspondientes por la escritura de compraventa de la casa nueva y los costes por las copias del documento. Todos estos aranceles se encuentran regulados por ley y el porcentaje se establece entre el 0,2 o 0,5% del precio de la propiedad.
- Gastos del registro: ante el registrador deberá abonar la inscripción de la transmisión, un gasto también regulado. Está entre el 0,1 a 0,25% del valor total de la casa.
- Gastos de gestoría: en caso de solicitar los servicios de una gestoría para delegar los trámites de inscripción de la vivienda, podría tener que pagar aproximadamente unos 300 euros.
Es importante que esté atento de los gastos que debe asumir y no pagar por otros que no son su responsabilidad. Hoy en día, son los bancos los que deben costear la formalización de los aranceles más comunes de una hipoteca.
Esperamos que esta información haya aclarado cualquier duda sobre los impuestos al comprar una casa de obra nueva. Sin embargo, si tiene otra duda, por favor, consúltenos. Estamos preparados para ayudarle a conseguir la vivienda a estrenar que desea y simplificarle los procesos de compra.