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¿Qué paga el propietario y qué paga el inquilino?

El alquiler de propiedades está en auge, son muchos los que por necesidad o gusto se decantan por esta opción, sin embargo, existen muchas dudas alrededor del alquiler de piso o casa.

El primer reto por enfrentar es la búsqueda, encontrar la propiedad adecuada, en la ubicación y con el precio justo. Luego de viene la firma del contrato, algo que no puede ser tomado a la ligera, ya que en las reuniones se puede decir y prometer mucho, pero si no está plasmado en ese documento no vale de nada al momento de una desavenencia.

Ya con estos dos pasos listos, y la entrega de llaves se podría pensar que todo está resuelto. Pero viene algo que pocos piensan, la relación entre el casero y el inquilino.

Sobre este último punto es el que queremos profundizar, y es que las dudas sobre qué gastos debe asumir el propietario/arrendador, y qué gastos debe asumir el inquilino/arrendatario son muy frecuentes y pueden traer confrontaciones que con un poco de conocimiento se pueden evitar.

La importancia del contrato de alquiler

Como decíamos, el contrato es la base de todo, y debe leerse y entenderse bien para poder evitar confusiones o desacuerdos. En general, a menos que el contrato especifique lo contrario los gastos de la propiedad deben dividirse de la siguiente forma, de acuerdo con lo que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda:

  • Arrendador: debe pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles, la tasa de basura, la comunidad de vecinos, el seguro de la propiedad y también de mantenimiento…
  • Arrendatario: debe hacerse cargo del pago de servicios como el agua, luz, teléfono… es decir, todo aquello que pueda medirse con contadores.

Averías y desperfectos en la propiedad

Las averías o daños durante el uso ordinario son algo habitual que puede pasar en una casa o piso alquilado. Pero tener claro quién paga cada una es necesario. De este modo lo adecuado es lo siguiente:

  • Arrendador: debe hacerse cargo del pago por reparación de la caldera, estufa, problemas en las tuberías, lavadora… La única salvedad en este caso sería si el daño es mínimo, por ejemplo, un filtro obstruido, o si puede demostrar que el daño se le atribuye al inquilino.
  • Arrendatario: Los daños causados por su uso o el de sus visitas, por el ejemplo un cristal de la ventana roto, un golpe en la pared… Y también debe costear el cambio de bombillas u otros gastos pequeños ocasionados por el uso común del día a día.

Recomendaciones finales

Desde M5 le recomendamos primero leer y entender muy cada de las cláusulas del contrato para evitar sorpresas, ya que la ley no impone demasiadas reglas en este punto. Lo mejor es resguardarse detrás de un buen contrato.

Además de esto, en la mayoría de los casos, cuando se es un buen inquilino, uno que cuida la propiedad, paga a tiempo y mantiene una sana convivencia con los vecinos, la relación con el arrendador es mucho mejor y se pueden llegar a acuerdos.

Igualmente recomendamos, al inquilino, contratar un seguro para inquilinos que puede resolver las pequeñas averías sin inconvenientes. Y al arrendatario, recomendamos contratar un seguro de hogar que le permitirá cubrir averías importantes sin preocupaciones, en beneficio tanto de la propiedad como de cumplir con las disposiciones de ley que le corresponder a su figura.