Si tiene un inmueble actualmente ocupado, y desea vender piso es totalmente posible. Sin embargo, debe proceder acorde a lo que está establecido en la Ley de Arrendamientos para no violentar los derechos de su actual inquilino. En este artículo le explicamos las cosas que deberá tomar en cuenta y recuerde que cuenta con nuestro asesoramiento personalizado.
Obligaciones a cumplir con el inquilino antes de vender piso
Antes de poner el piso en venta asegúrese de notificar formalmente a su inquilino su desee de vender la propiedad. Entregue un documento y obtenga una copia formada con la fecha que sirva de acuso de recibido.
La notificación debe expresar claramente su desee de vender la propiedad que el inquilino está ocupando, el precio que pide por el piso, la fecha en la que estará a la venta, las condiciones de compra y cualquier otra información relevante.
Su actual inquilino tiene un derecho de compra preferente por lo que informarle con antelación es una obligación estipulada en la Ley de Arrendamientos. No obstante, el arrendatario deberá aceptar los términos y precio que usted precise para la adquisición de la propiedad.
¿Cuánto tiempo tiene el inquilino para decidir si ejercerá o no su derecho?
Una vez recibida la notificación, tiene 30 días para dar una respuesta. Si pasado ese lapso de tiempo no recibe una respuesta, se da por entendido que ha rechazado su oferta y puede poner a la venta el piso.
En cambio, si su arrendatario ha decidido comprar puede ser para usted una buena alternativa, ya que el proceso será mucho más rápido. El inquilino cuenta con 180 días, luego de dar respuesta a su ofrecimiento, para ejecutar la compraventa de la propiedad. Luego de ese periodo vence la oferta y los efectos de la notificación de venta.
¿Cómo proceder con la venta de un inmueble ocupado?
Vender piso ocupado está contemplado en la ley y los procedimientos de venta dependerá de si el contrato de arrendamiento está en el Registro de la Propiedad. Le explicamos cómo proceder en ambos casos:
- Con el contrato inscrito en el Registro de la Propiedad el inquilino tiene derecho a permanecer en el inmueble hasta que finalice su contrato de alquiler. Es decir, que durante ese tiempo el comprador no podrá ocuparlo.
- Si el contrato no se encuentra en el registro, puede efectuar la venta a tercero que podrá dar por finalizado el contrato de alquiler o seguir adelante con el mismo. En caso de finalizar el contrato, el inquilino tiene 3 meses para la desocupación.
Nuestra asesoría y asistencia puede ayudarle a facilitar este proceso, en especial, si su contrato de alquiler no le permite el desalojo del inquilino, en cuyo caso se deberá negociar con el arrendatario para mostrar la vivienda a inversores o compradores interesados.
Asimismo, podemos contactar a compradores que buscan obtener rentabilidad comprando propiedades para alquilar, quienes verán una oportunidad en la compra de un piso ya previamente ocupado.