La compraventa de una vivienda es uno de los procesos más satisfactorios que se puede emprender. Se trata de la materialización de un sueño propio o familiar. Sin embargo, también supone una responsabilidad. Puesto que se contraen obligaciones inherentes al proceso. Nos referimos a las diligencias o trámites posteriores a la compra de la vivienda.
Si aún no los conoce y está próximo a adquirir una nueva propiedad, no deje de leer esta nota.
Trámites tras la compra de una casa
El proceso de compraventa no finaliza en el convenio entre vendedor – comprador. Por el contrario, son varias los tramites que como comprador se han de asumir al momento de recibir las llaves de la propiedad. Por ejemplo:
- Firmar una escritura pública de compraventa
Si bien no es un trámite obligatorio, sí es muy recomendable. Teniendo en cuenta que en los convenios privados celebrados entre vendedor – comprador, no suele estar presente un profesional que avale la legalidad de tal transacción inmobiliaria.
Caso contrario a la firma de una escritura, donde es obligatoria la participación de un notario. Hecho que le provee más garantías, tanto a usted como a la contraparte.
- Dar de alta la vivienda en el Registro de la Propiedad
Esta diligencia sí es obligatoria, sobre todo, si como comprador desea optar a una hipoteca posteriormente. De modo que tras la firma de la escritura pública, es indispensable inscribir la casa adquirida en el Registro de la Propiedad.
- Saldar los impuestos
Firmar una escritura pública deriva en otros tramites, como la liquidación de ciertos impuestos por la adquisición inmobiliaria. La cuantía puede variar en función del tipo de inmueble que se ha comprado.
Es decir, en el caso de una propiedad nueva ha de saldarse el IVA (Impuesto del Valor Agregado) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Mientras que, al tratarse de una vivienda de segunda mano se ha de saldar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (tributo gestionado por las comunidades autónomas).
- Liquidar los adeudos pendientes
Correspondientes a los recibos de la propiedad. Es importante que, como comprador, se cerciore con anticipación que la vivienda no pesan cargas, como recibos pendientes.
De ser así, se ha de decidir quién asumirá tales adeudos antes de firmar el convenio de compraventa. Sino, pasarán a quien fuese titular en el momento de la generación de los pagos.
- Cambiar la titularidad
Este trámite se lleva a cabo en el Catastro Municipal, y es obligación del comprador realizar el cambio de titularidad ante este organismo. Por norma general, el plazo máximo para hacer esta diligencia es de 2 meses tras la firma de la escritura pública.
- Habilitar los suministros
Tales como agua, luz y gas. Al tratarse de servicios personales e individualizados, es obligación del comprador realizar la contratación.
Contratar el seguro de la vivienda es otra de las diligencias que ha de asumir al comprar su propiedad. Luego de esto, puede disfrutar plácidamente de su nueva adquisición.