La pandemia continúa y, aunque la vacunación avanza en España, el panorama sanitario no es del todo alentador. El sector inmobiliario ha tenido que adaptarse a todos los cambios ocurridos estos dos últimos años y es por ello que al momento de alquilar piso se encuentre con la llamada cláusula Covid.
No debe preocuparse por ello, es un elemento nuevo en los acuerdos de alquiler que podría evitarle complicaciones futuras de repetirse un nuevo episodio de confinamiento. Le explicaremos en este post de qué trata este asunto.
¿Qué es una cláusula Covid?
Son medidas o condiciones que buscan disminuir o aliviar el impacto de cualquier medida económica o social derivada de la pandemia actual del coronavirus. Dichas medidas pueden ser las restricciones de aforo y horario para los locales comerciales, posibles restricciones en la contratación de servicios o cualquier otra derivada de la situación excepción que se atraviesa en estos momentos.
Otras de las medidas que pueden volver a complicar el alquilar pisos es la suspensión total o parcial de las actividades comerciales o industriales por meses. Los trabajadores que se han visto afectados por las medidas y que se encuentran con expedientes de regulación de jornadas ERTE han tenido que renegociar sus contratos de alquiler para tratar de sortear las complicaciones económicas.
Así, han surgido las cláusulas Covid que reúne una amplia variedad de condiciones o de fórmulas de común acuerdo entre las partes interesadas. Las cláusulas pueden contemplar ampliaciones del contrato, aplazamientos o rebajas según sea necesario. Lo importante es que sepa que estas condiciones son de aceptación voluntaria.
¿Cuál es la finalidad del tener una cláusula Covid en el contrato de alquiler?
El objetivo de esta medida es permitir que el inquilino en caso de necesitarlo o desearlo pueda abandonar el piso antes de que se acabe el tiempo estipulado en el contrato, sin que se aplique una penalización.
Así como que el dueño del inmueble pueda disponer de él para ponerlo nuevamente en el mercado de alquileres. Esta cláusula entraría en vigencia si se llegase a decretar estado de alarma nuevamente.
Esta cláusula resulta más conveniente para los contratos de alquiler de locales comerciales, viviendas estudiantiles y propiedades de alquiler temporal. Ahora con esta medida, se le da al inquilino la posibilidad de desistir del contrato llegando a una solución económica, rápida y legal con el propietario para beneficio de ambos.
En caso de un nuevo confinamiento por meses, el inquilino puede llegar a un arreglo económico por menos del canon del alquiler acordado y dar por terminado el contrato. Los porcentajes que pueden ser negociados pueden ser del 50 o del 60% del coste de la renta para hacer una desocupación antes de tiempo.
Como mencionamos antes, estas negociaciones deben ser de mutuo acuerdo. Le aconsejamos que estas cláusulas deben quedar bien claras como anexo en el contrato, especificando la cantidad de dinero acordada y las circunstancias en las cuales la cláusula Covid se activaría.
Si tiene más dudas sobre este tema, contacte a nuestros asesores inmobiliarios para que le ayuden el proceso de alquilar piso, local comercial, oficina u casa.